
El Fiscal de la Nación, José Peláez Bardales, precisó que no procede ningún pedido de indulto para un condenado por delitos graves, al punto que existe una prohibición al respecto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Sobre el caso del ex mandatario Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por delitos de lesa humanidad y corrupción, manifestó que el tema de un eventual indulto pasa por el hecho de si lo ley permite para casos de delitos graves, y eso no procede.
“En este caso, el homicidio agravado y el delito de secuestro no tiene indulto, entonces, primero tendría que modificarse la ley para permitir el indulto (...) aparte que la Corte Interamericana prohíbe el indulto por este tipo de delitos”, aseveró.
El ex gobernante fue condenado como autor mediato de la matanza de 25 personas a manos del grupo Colina, un comando paramilitar que operó durante el régimen de Fujimori, bajo el amparo de la lucha antisubversiva.
“Si el indulto es humanitario se exige que la persona que está solicitando esté con una enfermedad terminal, con su vida en riesgo, y que por razones humanitarias esta persona no debe permanecer en prisión”, explicó en Ideeleradio.
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